Diferencias en la cotización a la Seguridad Social
En un contrato temporal, la cotización por desempleo del trabajador es del 1,60% (frente al 1,55% del indefinido), y la cotización empresarial por desempleo asciende al 6,70% (frente al 5,50% del fijo).
Indemnización por fin de contrato temporal
A la finalización de un contrato de duración determinada legal, el trabajador tiene derecho a percibir una indemnización de 12 días de salario por año trabajado (o la parte proporcional al tiempo de servicio prestado).
Retención mínima de IRPF
Los contratos temporales permiten legalmente aplicar una retención mínima de IRPF de tan solo el 2%, mientras que los contratos indefinidos calculan la retención anual íntegra desde el primer día.
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